Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las humanidades a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento aceptado por el presente Efectivo decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida https://redcontraincendioscolombi86160.blog2learn.com/83775370/la-última-guía-a-red-contra-incendios-normatividad